El próximo viernes 20 de noviembre a las 17 horas en el parador “Bagatelle Beach” (Ruta 10 casi parada 48 de La Barra) se llevará a cabo la audiencia pública del Programa de Articulación Integrada (PAI)Laguna Blanca.

El PAI se presenta con el fin de cambiar la categorización de uso de suelo rural potencialmente transformable a suburbano con el objetivo de desarrollar un proyecto de fraccionamiento de 357 solares llamado ‘La Reserva’. El mismo propone una urbanización de uso residencial de baja densidad, con lotes de 1000m² aproximadamente.

El proyecto es presentado por Belimont S.A. y Sierra Amanecer – Ardax S.A., propietarios de los padrones Nº 24201; 24932; 24015; 24016; 24017; y 24933 -de la 6ª Sección Catastral de Maldonado. Se ubica en la localidad de la Barra en el límite con Manantiales, delimitado al Este por la Laguna Blanca, fuente de agua potable de dicha localidad, Manantiales y Balneario Buenos Aires. Considerada como área ecológica significativa por su alta Naturalidad, valor ecosistémico, alto valor paisajístico y potencial turístico.

Sobre los PAI

El PAI es un instrumento de ordenamiento y gestión, definido como uno de los instrumentos Especiales en la Ley Nº 18.308 Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, para la planificación territorial. Esta Ley indica como requisito para la transformación del suelo el desarrollo de un PAI, estableciendo que el suelo deberá tener el atributo de Potencialmente Transformable.

Este instrumento de ordenamiento territorial tiene el objetivo de implementar las condiciones establecidas en los Decretos Departamentales Nº 3.866 (Decreto reglamentario de implementación de la Ley 18.308 para Maldonado) y Nº 3.867 (Directrices de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Maldonado), para lograr la ordenación integrada del ámbito territorial que comprende el PAI, en concordancia con el planeamiento de mayor escala.

En la Resolución Nº 08322/2011, que reglamenta la elaboración y aprobación de los PAI para el Departamento de Maldonado, se establecen los ámbitos territoriales que se deberán definir como un polígono que abarca los predios linderos al área de proyecto sobre los cuales este podría tener impactos y una “unidad de actuación”, que representa el área específica a transformar a partir de un proyecto.