Instrumento de política pública clave para la ocupación y gestión planificada de la costa, con el objetivo de promover el uso sustentable y democrático de sus recursos naturales y culturales.

Marco normativo

Según la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (Nº 18.308), el ordenamiento territorial es una función pública que se ejerce a través de un sistema integrado de directrices, programas, planes y actuaciones de las instituciones del Estado con el fin de organizar el uso del territorio. 

Dentro de esta ley se establece que las directrices nacionales son los instrumentos que sientan las bases y principales objetivos estratégicos nacionales de la política pública en materia de ordenamiento territorial. El resto de los instrumentos deberán corresponderse con los criterios establecidos en ellas. 

Sobre la Directriz Costera

En este contexto, en julio de 2019 fue promulgada la Ley N° 19.772 sobre la Directriz Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible del Espacio Costero del Océano Atlántico y del Río de la Plata. Sus determinaciones ordenan el espacio costero sin perjuicio de la competencia de los Gobiernos Departamentales. La directriz pretende ser el “paraguas” para el desarrollo de planes, proyectos, urbanizaciones, infraestructuras, entre otras, que se implementen en la zona costera con el fin de establecer las reglas de cómo actuar respecto a la costa y sus componentes vulnerables como playas, dunas, lagunas, barras, humedales, sitios arqueológicos, entre otros. 

Sus principales objetivos son:

  • El desarrollo social y económico del país en consonancia con la protección del espacio costero asegurando su calidad ambiental.
  • El control de las expansiones urbanas y el aprovechamiento y mejora de las capacidades instaladas. 
  • La protección de los paisajes naturales y culturales relevantes.
  • La accesibilidad y uso público de las playas y costas en general.
  • La adaptación de las intervenciones en el espacio costero al cambio climático y al aumento de la variabilidad.
  • El respeto por los procesos naturales que se desarrollan en el espacio costero y la promoción de la diversidad y singularidad del mismo.
  • La participación social y de las instituciones del Estado en la gestión del espacio costero.
  • La reversión o mitigación de los impactos negativos sobre el ambiente y sus ecosistemas, derivados de los usos del suelo o espacio marítimo, así como de las actividades que allí se  realizaran.

Algunas de las cuestiones que propone para cumplir con estos objetivos son:

  • Acceso y uso público de las playas: legislar y determinar el uso público de las playas y costas para que sean accesibles para todas las personas.
  • Control de la expansión urbana: evitar que se genere un continuo urbanizado a lo largo de la costa proponiendo alternar centros urbanos densos con áreas de baja intensidad de uso y con espacios naturales.
  • Franja de protección costera dinámica: establecer la posibilidad de extender la faja de defensa de costas (establecida en 250 m) si existieran componentes ambientales vulnerables.
  • Protección de visuales relevantes: proteger a los paisajes culturales o naturales relevantes para que no se alteren sus visuales.
  • Menos vehículos en áreas costeras: promover la construcción de rutas que no afecten los componentes ecosistémicos, estimulando que las calles cercanas a la zona de playa se conviertan en paseos peatonales vehiculares de baja velocidad.
  • Gestión integrada del espacio costero: promover la participación de actores sociales en todas las escalas.

Las amenazas y presiones que van en contra de esta directriz, y por ende en contra del uso sustentable y democrático de los recursos de nuestra costa, no son pocas. La normativa es reciente y sin dudas aún queda camino por recorrer. Es deber de todos los actores de la sociedad -tomadores de decisión, sector privado, población en general- velar por el cumplimiento de la misma.

Autora de ficha Catalina de Soto

DIMENSIÓN TERRITORIAL: 

Político-Jurídico-Institucional

TERRITORIO DE INTERVENCIÓN: 

Franja de anchura variable de la costa de los departamentos de Rocha, Maldonado, Canelones, Montevideo, San José y Colonia

ESCALA TERRITORIAL: 

Extendida

FECHA:

2019

ÁMBITO:

Estatal

REFERENCIA:

Comité Nacional de Ordenamiento Territorial y Comisión de Vivienda y Territorio

COLABORADORES:

Organizaciones e instituciones públicas y privadas, Congreso de Intendentes y algunas Intendencias costeras

FUENTE DE FOTOS/IMÁGENES:

Foto 1: Tomado de MVOT 

Foto 2: Tomado de Gobierno de Canelones 

Foto 3: Autoría propia

Fotos 4 y 5: Tomado de Guardianes de la Costa

FUENTES: 

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (s/f). Inventario nacional de ordenamiento territorial. Instrumentos de planificación nacional: Directrices nacionales. Accesible en: https://sit.mvotma.gub.uy/inot/planificacion/nacional

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (2019). “Se aprobaron las Directrices Nacionales Costeras”. Accesible en:  https://www.gub.uy/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial/comunicacion/noticias/se-aprobaron-directrices-nacionales-costeras

Ley N° 19.772 “Regulación del ordenamiento territorial y desarrollo sostenible del espacio costero del Océano Atlántico y del Río de la Plata”. 17 de Julio de 2019.